Catastro de ensenada

En La Villa De Fuente Armejir (Fuentearmegil)

A cinco días del mes de Abril de mil setecientos cincuenta y tres años en observancia de lo resuelto por el Señor D. Mateo de Fuentes Subdelegado: comparecieron en su posada y en su presencia, Agustín de Romero y Juan de Hernando alcaldes ordinarios. Juan de la Poza, Bernardo Hernando, Juan Blanco y Juan Benito regidores; Juan de Esteban, Juan de Lagunas procuradores síndicos generales de esta villa que componen su ayuntamiento, Andrés Cabrerizo, Andrés Miguel, Andrés Izquierdo y Juan Izquierdo, peritos nombrados por el mismo Ayuntamiento para responder con él a las preguntas del interrogatorio. Y estando así juntos a todos y a cada uno de por sí por su mercede se les recibió juramento por Dios nuestro Señor y a una señal de cruz en forma y en presencia de D. Baltasar de León y Cárdeña, cura propio de esta villa y bajo de él prometieron decir verdad en los que supieran y les fuese preguntado y siéndolo al tenor del interrogatorio dela letra a que les fue leído y mostrado estando presente el expresado D. Baltasar de León y Cárdena a cada una de las preguntas respondieron lo siguiente:

1. Cómo se llama la población.

1º.- A la primera pregunta dijeron: se llama esta población Fuente Armegir.

2. Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.

2º.- A la segunda pregunta dijeron es villa de señorío, perteneciente al Ilustrísimo Señor Conde de Oñate quien por señorío no percibe derecho alguno y esta citada villa incluye tres poblaciones, barrios de ella que son: Zayuelas, Fuencaliente y Santerbaz que están dentro de los términos y circunferencia de propiedades de esta villa sujetos a su campana sin separación de términos propiedades, gobiernos, ni justicias pues como miembros de esta villa hacen un concejo, están sujetos a sus providencias y como tales contribuyen para el pago de tributos reales y demás repartos y gabelas por ser barrios de esta villa.

3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de Levante a Poniente y del Norte al Sur, y cuánto de circunferencia, por horas y leguas; qué linderos o confrontaciones y qué figura tienen, poniéndola al margen.

3º.- A la tercera pregunta dijeron: que el término de esta villa ocupa de oriente a poniente cinco cuartos de legua; y del norte al sur una legua y cuarto de circunferencia. Confronta por cierzo con término de los concejos de Espeja y Santa María de las Hoyas. Por solano con término de la villa y concejo de Ucero. Por ábrego con términos de la villa de Valdealbín, Berzosa y Villálvaro. Y por regañón por término de la villa de Zayas de Bascones; y su figura es la que se demuestra y aparece.

4. Qué especies de tierra se hallan en el término, si de regadío o de secano, distinguiendo si son de hortalizas, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes y demás que pudiera haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren sólo una y las que necesiten de un año de intermedio de descanso.

4º.- A la cuarta pregunta dijeron: que el término de esta villa contiene: huertos de regadío por el pie, huertos de regadío a fuerza de brazos, prados segaderos de regadío, tierras de sembradura de secano, eras para trillar las mieses, dieferentes pedazos de tierra yerma por naturaleza, cortos pastos en berezales y cotorrales. Un bosque berezal situado al aire cierzo entre la población de esta villa y la de Fuencaliente a distancia del medio cuarto de legua que ocupará cien fanegas de sembradura: confronta por cierzo y ábrego con tierras del Exmo. señor Conde de Oñate y monte Cazquemadillo; por solano con monte de Valdelalobera y por regañón, ejido concejil. No produce otra cosa que hierbas que están arrendadas a esta villa con el monte que se expresa, y es propio del dicho Exmo. Señor Conde de Oñate. Otro bosque de berezo que incluye: Valdecorrales, Valdeencina y Valdepedro, y tiene algunos robles altos; situado al norte a distancia de esta villa medio cuarto de legua y ocupará cien fanegas. Confronta por todos aires con heredades del dicho Exmo. Señor Conde, es propio del concejo de esta villa y sólo produce hierbas que sirven para los ganados de los vecinos de ella y sus barrios sin pagar cosa alguna. Otro bosque y monte son los pagos y términos que llaman de La Ardilla y Valdeberriongos, poblado de encinar y robles y berezo situado al poniente a distancia de medio cuarto de legua de la divisa de Zayuelas y ocupará ciento cincuenta fanegas. Confronta por cierzo con heredades en tierras concejiles; por solano con heredades de su Excelencia; por ábrego camino de Zayas de Bascones, Reyerte y Alcubilla. Es propio de esta villa, no produce grana y sí hierbas que consumen y se refunden en beneficio de los ganados de los vecinos de esta villa y sus barrios. Otro bosque de berezo y tal cual roble, situado al poniente a distancias de un cuarto de legua que incluye los términos de Valdelahuesa, el Rebollar, Costalverde y la Cañada y cogerá trescientas fanegas de sembradura. Confronta al cierzo y solano con heredades de su Excelencia; al ábrego, camino de Alcubilla y por regañón término de Cancera. Es propio de este concejo y sólo produce hierba para los ganados de los vecinos. Le componen: un monte alto de encina, carrasca, situado en Peñalcal, al norte, distante medio cuarto de legua de Fuencaliente y ocupará doscientas cincuenta fanegas. Surca por cierzo con término del concejo de esta villa. Por solano con divisa de Santervás. Por ábrego con divisa de esta villa y por regañón con la de Fuencaliente. Es propio del Excelentísimo Señor conde de Oñate. Produce tal cual año grana y por un quinquenio valdrá en cada un año a su caja cincuenta reales; y las hierbas de este monte y bosque antes expresado de dicho Excmo. Señor están arrendadas al concejo de esta villa en dieciocho fanegas de trigo y centeno por mitad y entre las especies de tierras declaradas no las hay que produzcan dos cosechas al año porque los huertos así de regadío por el pie como a fuerza de brazo son anuales en fructificar lo mismo los prados segaderos y eras y las tierras de secano se siembran y producen al tercer año.

5. De cuántas calidades hay en cada una de las especies de que hayan declarado: si de buena, mediana o inferior.

5º.- A la quinta pregunta dijeron que las especies de tierras declaradas son todos los huertos de única calidad en su especie como también, los prados y eras. Las tierras de sembradura de secano las hay de primera calidad, segunda y tercera.

6. Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.

6º.- A la sexta pregunta dijeron no hay plantío de árboles en ninguna de las tierras del término.

7. En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declaran.

8. En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren.

7º y 8º.- A las preguntas séptima y octava dijeron están evaguadas con lo expuesto en la antecedente.

9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo, de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se componen, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una.

9º.- A la novena dijeron que en este pueblo ni sus barrios no se usa en lo que mira a todas las especies de tierras de otra medida que la fanega, ignorando de cuántos paso o varas o a qué varas en cuadro se compone, ni cuánto se echa en cada fanega si bien se derrama una en cada heredad que se contempla de cabida de fanega y según la calidad tiene la medida que se echa a la especie.

10. Qué número de medidas habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad; por ejemplo: tantas fanegas (o del nombre que tuviese la medida) de tierra de sembradura de la mejor calidad; tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubiere declarado.

10º.- A la décima pregunta dijeron: que a su entender habrá en el término treinta y nueve fanegas de huertos; cuarenta de prados; dieciséis de eras; dos mil quinientas noventa y cuatro fanegas de tierras de secano de primera calidad; dos mil doscientas ochenta de segunda y seiscientas treinta de tercera; mil quinientas fanegas de tierra inculta, erial por naturaleza.

11. Qué especies de frutos se cogen en el término.

11º.- A la pregunta once dijeron que los frutos que se cogen en las tierras del término son: trigo, centeno, cebada, avena, hierba, cáñamo aunque poco, berzas y ajos.

12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.

12º.- A la pregunta doce dijeron que una fanega de huerto para cáñamo, berzas, ajos y otras hortalizas, que ninguna de las especies en común, y sí variables, reducido a dinero vale el producto anual de cada fanega cuarenta reales. Fanega de prado segadero produce en cada año sesenta arrobas de hierba fanega. De tierra de secano de primera calidad produce el primer año cuatro fanegas de trigo de que se siembra y el tercero, cinco de cebada. Fanega de tierra de secano de segunda calidad fructifica el primer año tres fanegas de centeno, y el tercero las mismas también de centeno de que un año y otro de siembra. Fanega de tierra de secano de tercera calidad da a tercer año cuatro fanegas de avena. Fanega de era, renta anualmente siete reales. Y la tierra inculta cría por naturaleza cosa alguna; no produce porque las hierbas las consumen los ganados.

13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.

13º.- A la trece pregunta dijeron está evaguada por lo que dejan dicho en la pregunta sexta.

14. Qué valor tienen ordinariamente, un año con otro, los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

14º. A la catorce dijeron que el valor que ordinariamente tienen los frutos que se cogen en el término es doce reales de fanega de trigo; nueve la de centeno; siete la de cebada; cuatro la de avena, veintiocho maravedíes arroba de hierba; siete reales un cordero y cuarenta maravedíes una lana o vellón.

15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio- diezmo y otros, y a quién pertenecen

15º.- A la quince dijeron qué diezmo y primicia. Que el diezmo de la población de esta villa barrios de Santervás y Fuencaliente, llevan un tercero entero al Sr. Obispo y Cabildo de la Catedral del Burgo de Osma. Otro tercero, tres cuartas partes la Congregación de Racioneros de dicha catedral. Y la cuarta parte de tercio el cura vicario de esta villa. De otro tercio, dos terceras partes el Rey por su tercias y la otra la fábrica de la Iglesia de esta villa por su noveno, esto se entiendo de los frutos mayores: trigo, centeno, cebada, avena, corderos y lanas. Y en igual forma son participantes y llevaderos de los diezmos del término de Cancera propio de esta villa y su concejo los interesados expresados. Los diezmos del barrio y divisa de Zayuelas a saber: trigo, centeno, cebada y corderos participan y llevan un tercio entero del obispo y cabildo de la catedral del Burgo de Osma. Otro tercio igual el cura de dicha población de Zayuelas que al presente lo es D. Ignacio Rodríguez así bien de la villa de Zayas de Báscones y residente de ella. Otro tercio, dos partes el Rey por tercias. La otra tercera restante la fábrica de dicha población. Los diezmos de avena y lanas llevan solamente la mitad el Sr. obispo y cabildo de la citada catedral del Burgo de Osma y la otra mitad el enunciado D. Ignacio Rodríguez como tal cura y éste lleva así bien enteramente como privativos los diezmos de hierba, de huertos, cerdillos, y pollos que estos se dicen menudos y también las primicias tocantes a aquella población. Los diezmos de hierba, cáñamo y hortalizas que se cogen en los huertos y prados de esta villa, barrio de Fuencaliente y Santervás y también los menudos, cerdillos y pollos son privativos del cura vicario de esta villa y las primicias de ella, barrio de Santervás y Fuencaliente llevan tres cuartas partes la referida Congregación de Racioneros de la catedral del Burgo de Osma y la cuarta parte el cura vicario de esta villa.

16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o a qué precio suelen arrendarse un año con otro.

16º.- A la pregunta dieciséis dijeron no pueden decir ni les es posible declarar la cantidad de frutos a que montan los referidos diezmos ni tampoco a cuánto se arriendan las tercias y por no estar en práctica y todo resultará de la tazmias a que se remiten.

17. Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metal es y de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

17º.- A la diecisiete dijeron que en los términos de esta villa sólo hay un molino harinero construido sobre el calce de la balsa, a distancia de quinientos pasos de la población de Zayuelas a la parte poniente. Muele con dos ruedas y es propio del Excmo. Señor conde de Oñate. Está arrendado en treinta fanegas de trigo y centeno por mitad.

18. Si hay algún esquilmo, a quién pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año.

18º.- A la dieciocho dijeron que el esquilmo del término está reducido al de ganados, colmenas y monte cuyas utilidades se declaran y declararán en sus respectivas preguntas.

19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen.

19º.- A la diecinueve dijeron que en este término, hay ciento sesenta y nueve colmenas, que las tienen sus dueños en diferentes sitios del término y es en esta forma:

COLMENAS

Joseph Aguilera…………………………………..1 Esteban Sainz…………………………..8
Juan de Romero las Heras……………………8 María Romero…………………………..5
Ana Cabrerizo…………………………………….10 Juan Esteban……………………………2
Juan Esteban Menor……………………………..2 Gabriel de Antón……………………….2
Alejandro Cecilia…………………………………..1 Josepf Aguilera…………………………4
Roque Ortega………………………………………1 Juan Blanco……………………………..1
Gabriel Cabrerizo………………………………….3 Manuel Romero……………………….12
Andrés Romero…………………………………….6 Juan de Rodrigo………………………..6
Manuel Redondo…………………………………..1 Martín Redondo menor……………..10
Pedro Sastre…………………………………………2 Martín Redondo mayor……………….3
Pedro Esteban……………………………………..11 Juan Muñoz………………………………1
Teresa Ortega……………………………………….1 Juan de Lagunas……………………….3
Juan de Benito………………………………………2 Juan de Flores……………………….. 13
Juan de Miño……………………………………….13 Santiago Flores…………………………1
Tomás de Aguilera…………………………………1 Baltasar González……………………..5
Josepf de Lucas…………………………………….1 Mateo Cecilia…………………………..14
Manuel Izquierdo……………………………………1 Antonio Flores…………………………..1
Manuel de Redondo……………………………….1 Blas del Valle……………………………2
Andrés Pascual……………………………………..4 Dámaso Ortega…………………………7

Y regulan de utilidad a cada colmena seis reales.

20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo, y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, dónde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño.

20º.- A la pregunta veinte dijeron que en este pueblo y sus aldeas hay de varias especies de ganados distribuidos entre diferentes vecinos, que las que son, y utilidad que cada cabeza deja al dueño con supresión de las que sirven para labranza, es como se sigue:

ESPECIES DE GANADOS UTILIDAD DE CADA CABEZA

Yeguas, cuarenta reales 40

Potros, cuarenta reales 40

Vacas, treinta reales 30

Bueyes, (sirven para la labranza) 00

Novillos y novillas, cuarenta reales 40

Añojos, veintidós reales 22

Cerdas de crías, treinta reales 30

Pollinos (sirven para la labranza) 00

Ovejas, tres reales 03

Borros y borras, dos reales 02

Borregos y borregas, dos reales 02

Cabras, tres reales 03

Machos de cabrío, cuatro reales 04

Iguedos y reguedos, tres reales 03

21. De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en las casas de campo o alquerías.

21º.- A la pregunta veintiuna dijeron que esta villa y sus aldeas se compone de cien vecinos; a saber:
Treinta y nueve vecinos contiene esta población. Veintiuno la de Zayuelas. Dieciocho Santervás. Veintidós Fuencaliente. Y no hay ninguno en casas de campo o alquerías.

22. Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de inhabitantes, cuántas arruinadas, y, si es de señorío, explicar si tiene cada una alguna carga que pague el dueño por el establecimiento del suelo, y cuánto.

22º.- A la pregunta veintidós dijeron que en esta villa y sus tres barrios hay ciento doce casas habitables y ninguna arruinada sin que sobre sus suelos esté impuesto ni haya derecho alguno.

23. Qué propios tiene el común y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

23º.- A la pregunta veintitrés dijeron que el común de esta villa tiene por propios además de tierras y montes, la taberna de esta villa, la de Zayuelas, la de Santervás, y la de Fuencaliente, cuyas utilidades irán expresadas en su lugar y a mayor seguridad y abundamiento se remiten a las cuentas del mismo común.

24. Si el común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.

24º.- A la pregunta veinticuatro dijeron que el común de esta villa no usa de arbitrio ni sisa porque la que se carga en el vino del consumo de esta villa y sus aldeas, sirve en parte del pago al Ramo de sisas porque se halla encabezada en Arcas Reales.

25. Qué gastos debe satisfacer el común, como salario de justicia y regidores, fiestas del Corpus u otras: empedrados, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá pedir relación auténtica.

25º.- A la veinticinco pregunta dijeron que los gastos anuales que debe satisfacer el común ascenderán en cada año a dos mil quinientos reales con más ciento cuarenta fanegas de trigo lo que resultará por menor de los libros de cuentas a las que se remiten.

26. Qué cargas de justicia tiene el común, como censos de que responde u otros, su importe, por qué motivo y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia.

26º.- A la veintiséis dijeron, que el Concejo de esta villa tiene un censo contra sí, redimible, de doscientos ducados de principal y sesenta y seis reales de réditos a tres por ciento a favor de Magdalena Yuso, vecina de Alcubilla y no pueden dar razón fija de los demás cargos de Justicia que tiene el común los que resultarán de sus cuentas a que también se remiten ignorando también para qué fin se sacó.

27. Si está cargado de servicio ordinario y extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.

27º.- A la veintisiete dijeron que el común de esta villa paga anualmente en Arcas Reales de la villa de Aranda de Duero: -Trescientos veinticinco reales y ocho maravedíes vellón por el servicio ordinario y extraordinario. -Mil seiscientos cincuenta reales por el derecho de Cientos. -Dos mil cuatrocientos noventa y cinco reales y treinta y cinco maravedíes por el derecho de penas de Cámara. -Treinta reales por el derecho de tea y pez. -Mil quinientos cincuenta y un reales por el derecho de sisas. Todo por encabezamiento que tiene hecho.

28. Si hay algún empleo, alcabalas y otras rentas enajenadas, a quién; si fue por servicio pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia.

28º.- A la veintiocho pregunta dijeron que no hay empleo alguno enajenado.

29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, fuentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc., hay en la población y término; a quién pertenecen y qué utilidad se regula puede dar al año cada uno.

29º.- A la veintinueve dijeron que hay una taberna solamente en esta villa y otra en cada uno de sus tres barrios. Que la de esta población está arrendada a Bartolomé Romero, mozo, en quinientos cincuenta reales vellón que pagan en cada un año por razón de sisa; y más cinco reales que paga el mesonero de esta villa por sisa y alcabalilla. La taberna de Santervás está en Andrés de Olalla y paga por razón de sisa sesenta y ocho reales y medio; y real y medio el que hace de mesonero en aquel barrio. La taberna de Zayuelas está por cuenta de Joseph Lucas quien paga cada año ciento noventa y seis reales y el que hace de mesonero en aquel barrio, real y medio. Y la taberna de Fuencaliente que está a cargo de Justo de la Poza rinde anualmente de sisa doscientos treinta y dos reales y real y medio el mesón de aquel pueblo, que todo sirve para cubrir Arcas Reales parte del ramo de sisas porque está encabezado este común; como también trescientos reales que en cada un año suelen montar los repartimientos que por razón de alcabala se echan a cada vecino de esta villa y los barrios por las reses que cada uno mata respectivamente para el consumo de su casa que también coadyuga del pagamento del ramo de Cientos.

30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen.

30º.- A la pregunta treinta dijeron: No hay hospital.

31. Si hay algún cambista, mercader de por mayor, o quien beneficie su caudal por mano de corredor u otra persona con lucro o interés, y qué utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

31º.- A la treinta y una dijeron que los sujetos a que se refiere y significa la pregunta hay los sujetos que se expresarán con declaración de lo que cada uno gana en el ministerio que ejerce y es en la forma siguiente:
CIRUJANO Fabián Almendáriz de oficio cirujano gana al año ciento seis fanegas de trigo y cien reales que una y otra partida componen mil quinientos setenta y dos reales vellón.
MOLINERO Alejandro Cecilia de oficio molinero gana al año por esta razón treinta fanegas de trigo y centeno que valen trescientos quince reales.
TABERNEROS Bartolomé Romero Mozo, tabernero en esta villa utiliza al año doscientos reales. Joseph de Lucas, tabernero en el barrio de Zayuelas gana ciento ochenta reales anualmente. Andrés Olalla, tabernero en el barrio de Fuencaliente saca al año de utilidad sesenta reales de vellón.
PASTORES Manuel de Matheo, pastor de ganado cabrío, gana al año doscientos treinta y dos reales en soldadas, crías y ropas. Julián Antón, pastor de ganado lanar, gana lo mismo. Juan de Mateo, también pastor de ganado lanar, gana lo propio y dos fanegas de trigo y centeno por mitad valen trescientos treinta y seis reales. Juan Carro, pastor de ganado lanar gana doscientos treinta reales de soldada. Juan de la Gaita, igualmente pastor, gana lo mismo. Juan de Hontoria, pastor de ganado lanar gana igual cantidad de soldada. Juan Blanco, también pastor de ganado lanar, gana ciento cincuenta reales. Joseph Antón, pastor de ganado lanar gana al año doscientos cincuenta reales. Rafael de Lagunas, también pastor de ganado lanar gana lo mismo. Juan de Encabo, pastor de ganado cabrío ciento cincuenta reales.

32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especería u otras mercaderías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc., y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.
(FALTA RESPUESTA A LA PREGUNTA TRENTA Y DOS).

33. Qué ocupaciones de artes mecánicas hay en el pueblo, con distinción como albañiles, canteros, albeítares, herreros, sogueros, zapateros, guanteros, etc., explicando en cada oficio de los que hubiere el número que haya de maestros, oficiales y aprendices, y qué utilidad les puede resultar trabajando meramente de su oficio al día a cada uno.

33º.- A la pregunta treinta y tres dijeron que en esta villa y sus aldeas sólo hay de todos los oficios que contiene la pregunta, un maestro de herrero sin oficial ni aprendiz, llamado Francisco Romero quien gana al año, en ciento treinta días que se ocupa en el tal ejercicio, sesenta fanegas de trigo que valen setecientos veinte reales y corresponde en cada un día a cinco reales y ochenta maravedíes y medio.

34. Si hay entre los artistas alguno que, teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio, o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quién y la utilidad que consideren le pueda quedar al año a cada uno de los que hubiese.

34º.- A la pregunta treinta y cuatro dijeron que no hay nada de lo que se expresa.

35. Qué número de jornaleros habrá en el pueblo, y a cómo se paga el jornal diario a cada uno.

35º.- A la treinta y cinco dijeron que no ha jornalero alguno conforme a órdenes de la Real Junta de dieciséis de octubre del año pasado de mil setecientos cincuenta.

Fueron preguntados por el número de labradores, hijos, hermanos, y criados aptos para el trabajo, entrados en la edad de dieciocho años hasta haber cumplido los sesenta y qué jornal se les puede considerar a cada uno de los labradores al día, de ciento veinte, como también las soldadas que se acostumbran dar y ganan los criados de labranza de esta villa y sus aldeas y dijeron haber los siguientes:

LABRADORES, HIJOS Y CRIADOS:

Andrés Pascual, labrador 1 Antonio Flores, labrador 1
Antonio Cabrerizo, idem 1 Agustín Romero, idem 1
Antonio de Antón, idem 1 Andrés Cabrerizo labrador, tiene un hijo mayor 1
Andrés de Ayuso, labrado 1 Andrés Cabrerizo, labrador 1
Andrés Miguel, labrador 1 Andrés de Andrés, idem 1
Andrés Miguel, mayor de sesenta años tiene un hijo mayor 1 Antonio Redondo, labrador 1
Andrés de Romero, idem 1 Andrés de Olalla, iden 1
Andrés de Izquierdo, idem 1 Bernardo Hernando, idem 1
Baltasar de Gonzalo, idem 1 Bartolomé Romero, mayor de sesenta, tiene un hijo mayor 1
Bartolomé Cabrerizo, labrador 1 Bartolomé Romero menor, tabernero, tiene por criado para la labranza a Juan Sastre. 1
Dámaso Ortega, labrador 1 Domingo Encabo, labrador, tiene un hijo mayor 1
Esteban de Olalla mayor de sesenta tiene un hijo mayor 1 Esteban Sáinz, labrador 1
Francisco de la Fuente, labrador 1 Gabriel Redondo, labrador 1
Gabriel Cabrerizo, labrador 1 Jerónimo Ortiz, labrador 1
Gabriel de Antón, 1 Juan Esteban, labrador 1
Juan Alonso, labrador 1 Juan Miguel, labrador 1
Juan de la Poza 1 Justo de la Poza, labrador tiene un hijo mayor 1
Juan de Romero, mayor de sesenta años tiene un hijo mayor 1 Joseph Aguilera, labrador 1
Juan de Romero menor, labrador 1 Juan de Cabrerizo, labrador 1
Joseph Antón, labrador 1 Juan de Ortega, labrador 1
Joseph Encabo, labrador 1 Juan de Hernando, labrador 1
Joseph Martín, labrador 1 Juan Flores, mayor de sesenta tiene un hijo mayor 1
Juan Muño, labrador tiene de por criado a Manuel de Lucas 1 Joseph de Lucas, labrador tiene por criado a Jerónimo Lucas 1
Juan de Encabo, labrador 1 Juan Blanco, labrador 1
Juan de Antón, labrador 1 Juan de Berzosa, labrador 1
Joseph de Aguilera, labrador 1 Juan de Rodrigo, labrador 1
Juan de Benito, labrador 1 Juan de la Puente, labrador 1
Juan de Aguilera, labrador 1 Justo de la Poza, labrador 1
Juan de Lagunas, labrador 1 Lucas de Ortega, labrador 1
Manuel de Encabo, labrador, tiene un hijo mayor 2 Manuel de Aguilera menor, labrador 1
Manuel Mencía, labrador 1 Manuel de Antón, labrador, tiene un hijo mayor 2
Martín de Almazán, labrador 1 Manuel Esteban, labrador 1
Manuel de Lucas, labrador 1 Manuel Izquierdo, labrador 1
Miguel de Aguilera, labrador 1 Mateo Cecilia, labrador 1
Manuel Izquierdo, labrador 1 Manuel de Romero, labrador 1
Miguel de Lucas, labrador 1 Manuel Carazo, labrador 1
Manuel de Encabo, labrador 1 Martín Redondo Martín, labrador 1
Manuel Redondo, labrador 1 Martín Redondo, labrador 1
Matías Redondo, labrador 1 Matías de Encabo, labrador 1
Manuel Rodrigo, labrador 1 Manuel de Romero, labrador 1
Manuel de Rodrigo menor, labrador 1 Manuel Izquierdo, labrador 1
Pedro Sastre, labrador 1 Pedro Esteban, labrador, tiene un hijo mayor 2
Roque Ortega, labrador 1 Sebastián de la Poza, mayor de sesenta, tiene un hijo mayor 1
Santiago Flores, labrador, tiene a Mel. Pascual por criado 2 Tomás de Aguilera, labrador 1

Que componen: ochenta y tres labradores, doce hijos y cuatro criados y consideran a cada labrador en cada un día de ciento veinte a tres reales. A un criado de labranza ciento cuarenta reales de soldada al año y lo mismo a un hijo de labrador según la práctica de este pueblo.

36. Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población.

36º.- A la pregunta treinta y seis, dijeron que no hay pobre alguno de solemnidad mendicante.

37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones que naveguen en la mar o ríos, su porte, o para pescar; cuántas, a quién pertenecen y qué utilidad se considera da cada una a su dueño al año.

37º.- A la treinta y siete dijeron que en esta villa ni ninguno de sus barrios no hay individuo alguno que tenga embarcaciones en la mar ni ríos.

38. Cuántos clérigos hay en el pueblo.

38º.- A la pregunta treinta y ocho dijeron que en esta villa y sus aldeas sólo hay un clérigo, D. Baltasar de León y Cárdena, cura vicario de esta dicha villa, porque aunque D. Ignacio Rodríguez es cura propio del barrio de Zayuelas, digo tiene su residencia en la villa de Zayas de Báscones, en donde también es cura párroco.

39. Si hay algunos conventos, de qué religiosos y sexo, y qué número de cada uno.

39º.- A la pregunta treinta y nueve dijeron que en esta villa, sus términos, ni en los tres barrios, se halla situado convento alguno de ninguna religión ni sexo.

40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta que no corresponda a las generales ni a las provinciales que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen.

40º.- A la cuarenta y última pregunta dijeron que el Rey no tiene en el término finca o renta alguna más de las que dejan expresadas.


Y en esta conformidad se fenecieron las respuestas del interrogatorio y bajo del juramento prestado los antes dichos, dijeron que según lo que Dios nuestro Señor les ha dado a entender es cierto y verdadero cuanto dejan declarado en lo que se afirmaron y ratificaron. Y lo firmaron los que supieron, y por los que no, un testigo a su ruego.

Justo con su merced doy fe D. Mateo de Fuentes:
Agustín de Romero,
Juan Izquierdo,
Andrés Cabrerizo,
Juan de la Poza,
testigo Juan Alonso
ante mí Antonio Barrio Villamayor.

Es copia de las respuestas originales que quedan en la Contaduría a nuestro cargo. Burgos, veintidós de Agosto de mil setecientos cincuenta y cuatro.

Joseph de Huidobro
Pedro Ansúrez

(rubricado)

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